Editorial

Conciliación trabajo-Familia

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Bajo la premisa de “conciliar la vida laboral, familiar y personal”, la Comisión de Trabajo del Senado tramita con urgencia suma un proyecto de ley presentado por el Ejecutivo hace un mes. Se trata de un objetivo indudablemente loable, pero su implementación práctica presenta claros problemas.

El proyecto establece un derecho especial para las personas trabajadoras que cuiden niños menores de 12 años, quienes podrán solicitar el ejercicio del feriado legal durante el período de vacaciones escolares y proponer que se modifiquen transitoriamente sus turnos o la distribución de la jornada diaria y semanal en igual período. Entre otras cosas, el proyecto incorpora también algunos principios difusos, como la parentabilidad positiva, y faculta a las organizaciones sindicales a poder acordar con su empleador que, durante el período de vacaciones escolares, quienes cuiden niños menores de 12 años puedan solicitar la reducción transitoria de su jornada.

Cabe señalar que la legislación vigente permite convenir bilateralmente todo lo antes señalado, siendo la única novedad la propuesta indicada de pactar con las organizaciones sindicales la reducción transitoria de la jornada. En consecuencia, cabe preguntarse qué beneficios adicionales conlleva el establecer obligaciones por ley.

Por el contrario, los costos asociados son evidentes, pues se introduce una tensión innecesaria entre trabajador y empleador, con procesos y plazos rígidos. A ello se suma el hecho de que la solicitud de permisos y la modificación de turnos no está limitada explícitamente a que la naturaleza de las funciones así lo permita, introduciendo un riesgo para actividades con alta estacionalidad.

Resulta preocupantemente recurrente que prácticas que se consideran deseables busquen ser forzadas por la vía legal, pasando a llevar la libertad de quienes desarrollan actividades a su costo y riesgo, así como la autonomía de la voluntad de las partes para regular su relación laboral. Peor aún, no se evalúan las consecuencias prácticas, pues una legislación como la propuesta podría incidir negativamente en la contratación de trabajadores/as al cuidado de menores de edad.

Así, se insiste en introducir medidas que terminan perjudicando a los supuestos beneficiarios.

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